martes, 30 de enero de 2007

Patrimonio Arqueológico, leyes vigentes y su aplicación en Bolivia

El desconocimiento tácito que gran parte de la población posee sobre el marco legal que protege el Patrimonio Arqueológico boliviano permite que éste se vea vulnerado constantemente, las más de las veces a manos de los investigadores y/o instituciones encargadas de resguardarlo.

Daños infringidos a monumentos nacionales, comercialización ilícita de bienes patrimoniales, práctica ilegal de la profesión arqueológica, son sólo algunos antecedentes para sustentar la necesidad inminente de conocer, analizar y cumplir la normativa legal que sustenta la protección, tuición y promoción del Patrimonio Arqueológico nacional.
En este contexto y luego de una revisión de leyes y decretos supremos que protegen los bienes arqueológicos, les proponemos analizar y enviar sus comentarios a las siguientes preguntas:
1. ¿Bajo qué normativa se trabaja actualmente en el ámbito arqueológico boliviano?
2. ¿Es que realmente se respetan las normas legales en términos de tuición y administración de bienes arqueológicos?
3. ¿Cuáles serían las leyes que aún están vigentes según tu parecer?

8 comentarios:

Carlos Lémuz dijo...

Las leyes y normas que regulan el patrimonio y las instituciones relacionadas a él son escasas, dispersas, a veces contradictorias, poco difundidas, pero principalmente no aplicadas ni por las mismas instituciones llamadas a hacerlo, en este caso podemos citar a las prefecturas, los municipios, la UNAR, los museos del interior y la propia Universidad Mayor de San Andrés ( incluyendo el IIAA). Casi todas por simples conveniencias,intereses particulares, deficiencias institucionales, de gestion o simplemente por la alarmante pobreza de los recursos humanos que las operan o dirigen.

Comisión Patrimonio dijo...

Es cierto, la normativa que regula el patrimonio es insuficiente e imprecisa...pero existe!
El mayor problema con las instituciones no es que no apliquen las leyes, sino que las desconozcan. En este contexto se puede entender -pero no justificar- que las instituciones encargadas de proteger los bienes arqueológicos no asuman sus responsabilidades.
Con las leyes de descentralización administrativa y participación popular, la administración de buena parte de los sitios arqueológicos debería pasar a las prefecturas y los municipios, sin embargo estas entidades deslindan responsabilidades y en muchos casos desconocen el tema.
Lo que en buena parte de los casos es afortunado debido a la inexistencia de una unidad cultural y un personal capacitado.
La preocupación surge cuando municipios y prefecturas invierten (como actualmente sucede)en proyectos de desarrollo turísticos, apostando por los recursos culturales y promocionando sitios arqueológicos, sin preocuparse por el impacto que estas actividades tienen no sólo sobre los bienes patrimoniales, sino también sobre las comunidades.

Juan dijo...

Saludo a todos los miembros de la SALP, y agradezco la iniciativa de Patrimonio esperando que prospere y no se estanque como las propuestas de los foros de Nuevos Aportes, que llevan meses sin nada nuevo escrito...

Es evidente y sabido demás que el recurso humano en general es escasamente preparado, y este es un mal que afecta no solo al ámbito arqueológico sino a todos los spacios de nuetra sociedad anto a nivel público como privado; evidentemente esto no tiene solución a corto plazo y a mi precer no es pertinente su tratamiento en un debate sobre leyes, por que es algo que no podremos camiar ¿o si?... la aplicación de la ley depende de las personas, sobre las que no tenemos tuición.

Estas leyes sobre patrimonio, que aparentan un parchado hecho a la rápida más que un cuerpo cohrente de normas, están todas vigentes como parte de la actual CPE; obviamente no son aplicadas, pero su vigencia es incuestionable. Su no aplicación conlleva un perjuicio para la investigación arqueológica, sin ninguna duda, lo que afecta necesariamente la gestión del bien arqueológico en detrimento del Estado que es su custodio legal aún en su forma descentralizada.

Es necesario modificar el estatuto del IBC, que entra en conflicto con el DS12638; mientras el primero atribuye al UNAR el monopolio de las funciones de investigación arqueológica, el segundo le atribuye funciones de fiscalización; tal ambivalencia de esta institución lleva a la situación actual, en que la UNAR es juez y parte por un lado, e incumple por esta causa sus funciones de fiscalización en todo el territorio nacional. Por otro lado, la función de las prefecturas de protección del patrimonio parece suprepoerse al de la UNAR. Es necesario dar a la UNAR funciones EXCLUSIVAS de fiscalización, elaboracion de reglamentos de campo y reistro, y acopio de base de datos de sitios, estructuras y artefactos en base a datos obligatoriamente presentados por los proyectos que trabajen en territorio nacional. La UNAR debe tener lazos de coordinacion directa con las Prefecturas, la primera como ente fiscalizador capaz de dar inicio a las sanciones contra atentados al patrimonio arqueológico y las segundas como entes efectivos a cargo del cuidado físico de estos bienes patrimoniales en el departameto de La Paz y en el interior del país, evitando la centralización de artefactos arqueológicos en los abarrotados depósitos de La Paz y utilizando el recurso arqueológico local como parte de inciativas de desarrollo rural. La UNAR debe ser la responsable del llamado a convocatorias para la codirección de proyectos extranjeros y trabajos de rescate, y el ente que evalúe en conjunto con otros organismos relacionados de la sociedad -la SALP y el IIAA, por ejemplo, o en su caso el Instituto de la UMSS, etc.- las propuestas de trabajo arqueológico generadas con financiamiento privado o desde las universidades. Tambien debe acopiar de manera accesible los informes de todo el trabajo realizado en el teritorio nacional.

En mi opinion, la UNAR debe tener esas funciones y no debe ser ya un ente investigativo; esto le permitiría cumplir sus funciones con eficiencia y facilitaría la evaluación del trabajo arqueológico de pate de las organizaciones del ámbito arqueológico, además de lograr la tan necesaria catalogación, registro y categorizacion de sitios, estructuras y artefactos arqueológicos.

Espero estas apreciaciones generen debate, un gran saludo a todos.

Juan E. Vilanueva Criales

Comisión Patrimonio dijo...

Como bien lo indica Juan, existe una superposición de competencias sobre tuición y adminsitración de bienes arqueológicos en diversas instituciones estatales.
El problema radica entonces en la existencia de leyes y decretos que se contradicen y que en muchos casos deberían ser derogados, pues ya no se ciñen a la nueva estructura estatal de administración patrimonial.
Nuestro planteamiento entonces debe gravitar, en primera instancia, sobre un ordenamiento legal, donde la distribución de competencias sea clara.

Carlos Lémuz dijo...

A la tercera pregunta puedo responder que creo que ninguna Ley o norma esta vigente, al margen que estan desatualizadas, su aplicación se ha devaluado tanto como todas las leyes del estado. Los políticos tradicionales, Evo Morales y sus cocaleros, Carlos Mesa y demas han llevado a que cualquier tema que antes era regido por leyes hoy tenga que ser motivo de negociación... y probablemente también de "negocio"

Comisión Patrimonio dijo...

Evidentemente estamos en una coyuntura política en la cual las leyes constituyen sólo "letra muerta", ya que son vulneradas constantemente... y esto no hace más que agrabar la situación de los bienes patrimoniales.
Sin embargo, no podemos quedarnos de brazos cruzados argumentando que ya ninguna ley o decreto posee vigencia.
Ahora más que nunca, que afrontamos la modificación de la CPE y que no existe ninguna propuesta en torno a la tuición y protección del patrimonio arqueológico, es que tenemos que exigir que se modifiquen, actualicen y respeten las leyes.
Para ello, debemos rescatar las leyes aún vigentes y evaluar el papel "real" de nuestras instituciones (Viceministerio de cultura, Unar, universidad, institutos, prefecturas, municipios).

Unknown dijo...

Hay que ser claros, normativas legales sobre la tuición del patrimonio existen en Bolivia, el problema es que algunas personas o instituciones las cumplen parcialmente o las desconocen de acuerdo a sus intereses o conveniencia.
Lo que hay que hacer como sociedad es hacer las representaciones ante diversas instancias para que estas instituciones cumplan con las funciones para las que fueron creadas. El hecho de no hacer nada es ser complices pasivos de toda esta situación.

Anónimo dijo...

Primero, las normas que regulan el patrimonio cultural tangible, existen, y para el que quiera encontralas estan en "el compendio de leyes culturales"; por otro lado si, son totalmente caducas en muchos casos, la ultima aprobada es de hace mas de 10 años, y si se presentaron proyectos de leyes de cultura y patrimonio cultural pero nunca llegaron a ser sancionados. sin embargo existen muchos tratados y convenciones que Bolivia a ratificado, ya sean promovidas por la unesco o bien bilaterales, que en Bolivia aquieren rango de ley con su ratificacion; el problema es que no se han difundido en las instituciones pertinentes.
Por otro lado la UNar no es el organismo encargado por excelencia de la proteccion del patrimonio arqueologio, el organo estatal encargado es el viceministerio de cultura, con su direccion de patrimonio cultural de la cual depende la direccion nacional de arqueologia, por lo cual me parece que si se busca un cambio en el manejo y proteccion del patrimonio arqueologico se debe empezar a gestionar a partir de este ministerio, y por otro lado difundir la legislacion internacional acerca de este tema entre los organismos adecuados.